Micelio

Artículo 41

Decreto 3553 de 1981 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales, para el año fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1982.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son transferencias los recursos que en el Presupuesto de los Establecimientos Públicos se detinan a personas naturales o jurídicas públicas o privadas sin que se reciba por ello contraprestación directa o inmediata. Los pagos por concepto de previsión social pueden cubrir gastos de la vigencia fiscal de 1982 y anteriores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3553 de 1981