Micelio

Artículo 5

Ley 6 de 1940 · Por la cual se decretan unos auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno, al reglamentar esta Ley, hará la distribución de la suma votada, en forma que ella se dedique a la reconstrucción de las zonas incendiadas, incluyendo la Casa Municipal de El Fresno, y a auxiliar a los damnificados. El Gobierno, de acuerdo con el Contralor General de la República, señalará, asimismo, la manera como deben ser manejados y controlados estos fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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