De la prioridad de pagos. En la liquidación de las asociaciones agropecuarias o campesinas deberá procederse al pago de acuerdo con el siguiente orden de prioridades
1.
Gastos de la liquidación.
2.
Salarios y prestaciones sociales ciertos y causados al momento de la disolución.
3.
Obligaciones fiscales.
4.
Créditos hipotecarios y prendarios.
5.
Obligaciones con terceros.
6.
Obligaciones con los asociados.