A.2.1 . Personas jurídicas que podrán desarrollar los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII). Las personas jurídicas que deseen desarrollar los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) deberán solicitarlo a la Agencia Nacional de Hidrocarburos, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que dicha agencia establezca para este propósito, acorde con la ubicación geográfica que determine el Ministerio de Minas y Energía. La Agencia Nacional de Hidrocarburos determinará los mecanismos contractuales o las modificaciones a los mismos, según corresponda, para el desarrollo de los mencionados proyectos.
Los polígonos en los cuales se desarrollarán los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) se establecerán en el mecanismo contractual que suscriban los Contratistas de los Proyectos Piloto de Investigación Integral (PPII) y la Agencia Nacional de Hidrocarburos.