Micelio

Artículo 78

Las Encomiendas Abandonadas Por Los Remitentes Se Enviaran Inmediatamente Después De Vencidos Los Plazos Fijados En Este Decreto, Acompañadas De Los Respectivos Boletines De Expedición, A La Oficina De Rezagos Del Ministerio De Correos Y Telégrafos

Decreto 85 de 1927 · Por el cual se reglamenta el servicio de encomiendas postales del interior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las encomiendas abandonadas por los remitentes se enviaran inmediatamente después de vencidos los plazos fijados en este decreto, acompañadas de los respectivos boletines de expedición, a la Oficina de Rezagos del Ministerio de Correos y Telégrafos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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