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Artículo 5

Ley 1942 de 2018 · por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Presupuesto de las Entidades Receptoras Directas de Regalías y Compensaciones del Sistema General de Regalías . De conformidad con el monto del Sistema General de Regalías definido en el artículo segundo, autorícese gastos con cargo a las entidades receptoras directas de regalías y compensaciones del Sistema General de Regalías, durante el bienio del 1° de enero 2019 al 31 de diciembre de 2020 por la suma de dos billones setenta y cinco mil veintidós millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y siete pesos moneda legal ($2.075.022.484.287), según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS 2019-2020

Capítulo

Subcapítulo

Sección

Concepto

Valor

III

PRESUPUESTO DE LAS ENTIDADES RECEPTORAS DIRECTAS DE REGALÍAS Y COMPENSACIONES

2.075.022.484.287

DEPARTAMENTOS

2.037.674.273.993

ANTIOQUIA

40.712.697.557

ATLÁNTICO

104.373.744

BOGOTÁ, D.C.

35.208.413

BOLÍVAR

56.046.204.376

BOYACÁ

46.270.602.746

CALDAS

2.007.015.349

CAQUETÁ

9.341.481

CAUCA

3.738.363.307

CESAR

238.271.902.763

CÓRDOBA

68.210.271.263

CUNDINAMARCA

4.904.395.029

CHOCÓ

7.182.634.771

HUILA

81.605.860.061

LA GUAJIRA

113.334.820.724

MAGDALENA

19.154.926.962

META

651.640.382.104

NARIÑO

15.355.861.302

NORTE DE SANTANDER

12.852.815.928

QUINDÍO

12.531.846

RISARALDA

155.376.027

SANTANDER

124.916.190.227

SUCRE

48.733.298.841

TOLIMA

47.514.583.810

VALLE DEL CAUCA

304.051.246

ARAUCA

71.033.865.540

CASANARE

296.119.300.456

PUTUMAYO

80.470.736.254

ARCHIPIÉLAGO DE SAN ANDRÉS

129.928.964

GOBERNACION INDETERMINADA

6.701.566.330

GUAINÍA

1.487.735

GUAVIARE

3.212.995

VICHADA

108.441.486

OTROS POR DISTRIBUIR

32.024.356

CORPORACIONES AUTÓNOMAS REGIONALES

37.348.210.294

03223

CORPOAMAZONÍA

14.191.851.022

03235

CORPOBOYACÁ

9.423.984

03219

CORPOCESAR

5.398.519.258

03218

CORPOGUAJIRA

7.853.215.262

03216

CORPONARIÑO

573.282.085

03217

CORPONORTE

1.201.969.840

03234

CORPORACIÓN AUTÓNOMA SANTANDER

7.569.727

03208

CORPORACIÓN CVS

8.112.348.534

03207

CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL VALLE DEL CAUCA

30.582

Parágrafo 1

Asignaciones directas . En el SUBCAPÍTULO 1 del CAPÍTULO III, correspondiente a las asignaciones directas, se incorporan la totalidad de las autorizaciones máximas de gasto estimadas para el bienio 2019-2020.

Parágrafo 2

Mediante documento Anexo número 1, que hace parte integral de la presente ley, se detallan los recursos de las asignaciones directas por entidad beneficiaria.

Incorporación de rendimientos financieros Acto Legislativo 04 de 2017, mayor recaudo 2017-2018, rendimientos financieros antes del Acto Legislativo 04 de 2017, oro y chatarra después del Acto Legislativo 01 de 2015 y desahorro FAE

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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