Micelio

Artículo 7

Decreto 270 de 1879 · Por el cual se establecen ciertas formalidades respecto de tránsito i reesportación de mercaderías por la Aduana de Cúcuta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7. ° La Aduana de Cúcuta remitirá al enunciado Cónsul relaciones mensuales de tornaguías que reciba. En ellas se hará clara referencia a las guías i copias que espresan los artículos 1.° i 2.° Para facilitar esta operacion deberán marcarse en serie numérica continua.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 270 de 1879