Micelio

Artículo 1

Ley 36 de 1883 · Por la cual se concede una amnistía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Concédese amplia amnistía a todos los individuos que tomaron parte en la rebelión y hecho de armas que tuvieron lugar en la ciudad de Zipaquirá en los días 10 y 11 del pasado mes de Agosto, bajo la dirección del Jefe de la Guardia colombiana, Pedro Soler Martínez.

.° Exceptúase de esta gracia a los Jefes y Oficiales de la Guardia colombiana que con mando legal tomaron parte en aquel acontecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 36 de 1883