Micelio

Artículo 273

La Superintendencia Podrá Revocar El Permiso De Funcionamiento Otorgado A Una Sociedad, Cuando Ésta Solemnice, Sin Su Permiso Reformas Estatutarias Que Adolezcan De Algún Vicio De Nulidad Por Defectos De Fondo O De Forma, Mientras La Asamblea General De Accionistas Subsana Tales Defectos O Las Deroga, Según El Caso

Decreto 2521 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Capítulo 2° del Título 7° del Libro 2° del Código de Comercio, la Ley 58 de 1931, el artículo 40 de la Ley 66 de 1947 y las demás disposiciones legales vigentes sobre sociedades anónimas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Superintendencia podrá revocar el permiso de funcionamiento otorgado a una sociedad, cuando ésta solemnice, sin su permiso reformas estatutarias que adolezcan de algún vicio de nulidad por defectos de fondo o de forma, mientras la asamblea general de accionistas subsana tales defectos o las deroga, según el caso.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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