Inclúyase el auxilio de que trata la Ley en el Presupuesto Nacional para la próxima vigencia, y caso de que no se alcanzare a incluir, facultase al Gobierno Nacional para que haga las apropiaciones y traslados correspondientes en el presupuesto Nacional, a fin de que la presente Ley tenga cumplimiento, sin perjuicio de que el auxilio se incluya en los Presupuestos subsiguientes, caso de que no se pudieren hacer traslados en el Presupuesto Nacional, tal como se faculta.
Ley 47 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Ley 47 de 1960 · Por la cual se decreta un auxilio para la terminación del templo Eucarístico de Villavicencio
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.