Micelio

Artículo 3

La Intendencia Destinará Los Terrenos, Así: El De "punta De Hansa", A La Ejecución De Un Plan De Desarrollo Urbano Y Atracción Turística, Permitiéndose Solamente Construcciones De Primera Clase, Y De Conformidad Con El Plan Regulador De La Ciudad De San Andrés; El De "black Dog" Para La Construcción, También De Acuerdo Con El Mismo Plan Regulador, De Un Centro Administrativo Intedencial, Pudiendo Vender Los Lotes No Necesarios

Decreto 2113 de 1964 · Por el cual se dan unas autorizaciones, se provee para la cesión de unos bienes a la Intendencia de San Andrés y Providencia, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Intendencia destinará los terrenos, así: el de "Punta de Hansa", a la ejecución de un plan de desarrollo urbano y atracción turística, permitiéndose solamente construcciones de primera clase, y de conformidad con el plan regulador de la ciudad de San Andrés; el de "Black Dog" para la construcción, también de acuerdo con el mismo plan regulador, de un Centro Administrativo Intedencial, pudiendo vender los lotes no necesarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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