Micelio

Artículo 18

Créanse En La Planta De Personal De La Seccional De Antioquia, Los Siguientes Empleos Para La Sede Administrativa De La Unidad Programática Zonal 08 - Oriente: Parágrafo 1

Decreto 415 de 1980 · Por la cual se aprueba el Acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créanse en la planta de personal de la Seccional de Antioquia, los siguientes empleos para la sede administrativa de la Unidad Programática Zonal 08 - Oriente:

Parágrafo 1

º Las funciones correspondientes a las Jefaturas de la División de Salud y a los Departamentos de Servicios Médico-Odontológicos generales y de Servicios Médico-Odontológicos especializados contempladas en el Decreto 1668 de 1978, serán asumidas por el Director de la Unidad Programática Local.

Parágrafo 2

º Las funciones correspondientes a las Jefaturas de Sección y de Grupo a que hace referencia el Decreto 1668 de 1978, no contempladas en este artículo, serán asumidas por el Jefe de la División Administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 415 de 1980