Créanse en la planta de personal de la Seccional de Antioquia, los siguientes empleos para la sede administrativa de la Unidad Programática Zonal 08 - Oriente:
º Las funciones correspondientes a las Jefaturas de la División de Salud y a los Departamentos de Servicios Médico-Odontológicos generales y de Servicios Médico-Odontológicos especializados contempladas en el Decreto 1668 de 1978, serán asumidas por el Director de la Unidad Programática Local.
º Las funciones correspondientes a las Jefaturas de Sección y de Grupo a que hace referencia el Decreto 1668 de 1978, no contempladas en este artículo, serán asumidas por el Jefe de la División Administrativa.