Micelio

Artículo 19

Condiciones Para Presentar La Solicitud

Decreto 285 de 2020 · por el cual se establecen las disposiciones que rigen los Sistemas Especiales de Importación-Exportación y se derogan los Decretos 2331 de 2001, 2099 y 2100 de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Condiciones para presentar la solicitud . Las personas naturales o jurídicas, las asociaciones empresariales y los consorcios y uniones temporales interesadas en acceder a un programa de Sistemas Especiales de Importación-Exportación de materias primas e insumos, bienes de capital y repuestos, reposición y exportación de servicios deberán presentar su solicitud ante la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través del aplicativo informático, cumpliendo las siguientes condiciones

1.

Estar domiciliados o representados legalmente en el país e inscritos en el Registro Único Tributario (RUT), en calidad de importador y en calidad de exportador cuando el importador igualmente sea quien exporta los bienes con cargo al pro­grama o en calidad de sociedad de comercialización internacional, cuando sea el caso.

2.

Tener dentro de su objeto social las actividades para las cuales solicita la autori­zación.

3.

Que sus socios, accionistas, miembros de junta directiva y representantes legales, durante los cinco (5) años inmediatamente anteriores a la presentación de la soli­citud, no hayan representado a empresas que hayan sido objeto de cancelación de un programa de Sistemas Especiales de Importación-Exportación. Para el efecto y en lo que respecta a las sociedades anónimas abiertas, solamente se considerarán los accionistas que tengan una participación individual superior al 30% del capital accionario.

4.

Cuando se trate de una persona que cuente con programas autorizados de Sistemas Especiales de Importación-Exportación, no deberá presentar incumplimientos de las obligaciones previstas en el artículo 31 del presente Decreto, en desarrollo de operaciones directas e indirectas.

Parágrafo

Para los numerales 1, 2 y 4 la Dirección de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo verificará el cumplimiento en las bases de datos dispuestas para ello.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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