Micelio

Artículo 12

Oficina De Tecnología Y Sistemas De Información

Decreto 1961 de 2023 · por el cual se crea el Instituto Nacional de Vías Regionales, se determina su estructura, funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina de Tecnología y Sistemas de Información . Son funciones de la Oficina de Tecnología y Sistemas de Información, las siguientes: 12.1. Asesorar al Director General y a las demás dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, programas y proyectos en materia de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la Entidad. 12.2. Establecer y proponer al Director General, para su aprobación, la estrategia y lineamientos relacionados con las tecnologías de la información y las comunicaciones, acorde con los modelos de gestión de la Entidad. 12.3. Formular y diseñar la arquitectura de tecnología e información conforme a la arquitectura organizacional de la Entidad, para propiciar el cumplimiento de los objetivos institucionales. 12.4. Alinear los planes y programas de las Tecnologías de la Información con los demás planes estratégicos y operativos de la Entidad, así como con los procesos. 12.5. Ejecutar planes, programas y proyectos tecnológicos para apoyar la generación de valor público optimizando la gestión del Instituto. 12.6. Liderar, impulsar y consolidar en la Entidad, la implementación de la estrategia de Gobierno Digital y acompañar su ejecución. 12.7. Gestionar la información producto de la integración entre las tecnologías de la información y las comunicaciones con la misión institucional de la Entidad. 12.8. Promover la interacción con el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, con el propósito de crear los planes y proyectos en materia de Tecnología de la Información y las Comunicaciones. 12.9. Determinar y establecer novedades y oportunidades para promover en la Entidad nuevas tecnologías, tanto de información como de comunicación que mejoren la eficiencia institucional y apoyen la transformación digital. 12.10. Gestionar y articular con las entidades del Sector transporte y de otros sectores las acciones necesarias para la formulación de planes de tecnologías de la información y las comunicaciones que promuevan la interoperabilidad. 12.11. Administrar la infraestructura tecnológica y de comunicaciones de la Entidad, para asegurar y garantizar su disponibilidad, correcto funcionamiento y la adecuada utilización y aprovechamiento de los recursos informáticos y tecnológicos, incluyendo la conservación o asesoría para la custodia de los archivos electrónicos y la memoria Institucional de la gestión realizada. 12.12. Administrar los sistemas información, equipos, redes y herramientas tecnológicas y brindar el soporte técnico para su funcionamiento adecuado, coordinando lo pertinente. 12.13. Diseñar e implementar el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información de la Entidad. 12.14. Prestar los servicios de apoyo, asistencia y requerimientos tecnológicos en la Entidad, así como proponer la política de uso y aplicación de tecnologías, estrategias y herramientas, para el mejoramiento continuo de los procesos del Instituto. 12.15. Fortalecer el uso de las tecnologías de la información para garantizar la participación de la ciudadanía y brindar acceso equitativo a los diferentes grupos de valor. 12.16. Administrar el portafolio de servicios que presta la oficina y determinar los Acuerdos de Niveles de Servicio (ANS) con las demás dependencias, así como con otras entidades públicas o grupos de valor. 12.17. Administrar y soportar técnicamente los portales web de la Entidad, fomentando el cumplimiento de los lineamientos de Gobierno Digital. 12.18. Establecer las necesidades de información en el marco de sus funciones, encaminadas al diseño de la arquitectura tecnológica del Instituto. 12.19. Gestionar, analizar y producir datos en el sistema de información de la Entidad que genere información íntegra, verás y confiable, y las estadísticas que esta requiere para cumplir su misionalidad y los asuntos estratégico, administrativos y de seguimiento. 12.20. Implementar y contribuir al mantenimiento y mejora del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), el Sistema Integrado de Gestión y el Sistema de Control Interno, en lo correspondiente a la dependencia. 12.21. Atender los derechos de petición o consultas en cualquiera de sus modalidades propios de su competencia, en los términos establecidos y conforme a la normatividad vigente. 12.22. Cumplir las políticas institucionales establecidas en el marco de buenas prácticas de gobierno corporativo y seguir los compromisos y lineamientos en ellas definidos. 12.23. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas, de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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