Artículo único . Destinase la parte construida del Palacio de Justicia de la capital de la República, para el servicio del Tribunal Superior de Bogotá, de los Juzgados Superiores de este Circuito y de los Juzgados del Circuito, según los planos que reposan en el Ministerio de Obras Públicas, y de acuerdo con la distribución que se haga por ese Despacho. Queda en los anteriores términos reformado el Decreto número 545, de 23 de marzo de 1926.
Decreto 999 de 1926 →Vigente
Artículo 1
Decreto 999 de 1926 · Por el cual se destina un edificio para el servicio del Poder Judicial y se reforma el Decreto número 545, de 22 de marzo de 1926
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.