Micelio

Artículo 4

Ley 11 de 1967 · Por la cual se auxilia al XXXIX Congreso Eucarístico Internacional de Bogotá, se desarrolla el ordinal 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cuando se trata de la construcción y ensanche de una obra, el proyecto que persiga el apoyo nacional deberá presentarse acompañado de los siguientes documentos:

a)

De los planos de la obra levantados o autorizados por ingeniero titulado, y con el visto bueno del Agente del Ministerio Público del lugar;

b)

De un presupuesto detallado del costo de la obra con la información correspondiente de las inversiones hechas en ella o de los aportes que hará la entidad correspondiente, y la garantía de la efectividad de ellos, así como de los que hagan para el mismo otras entidades que la auxilien;

c)

Certificación de las autoridades municipales o departamentales correspondientes, según la índole y fines de la obra, sobre la utilidad o necesidad de ésta o sobre la no existencia de otras similares en el lugar respectivo, así como sobre la capacidad o aptitud de la obra para satisfacer las necesidades que trata de remediar;

d)

Una explicación razonada y justificada sobre la necesidad del aporte nacional para garantizar la realización de la obra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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