En la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación se incluirán los cargos indispensables para desempeñar las funciones de Coordinador Regional de Planificación para la Región de la Costa Atlántica y demás regiones que se creen en virtud del artículo 16 de la presente Ley. Los coordinadores regionales de Planificación serán designados por el Presidente de la República de terna que le presentará el respectivo Consejo Regional de Planificación y tendrán como sede la que fije el respectivo Consejo Regional de Planificación. Parágrafo. Para una mayor eficacia de su labor el Coordinador Regional de Planificación contará con el apoyo de una Unidad Técnica Regional. El personal que forme parte de la unidad técnica regional será nombrado por el Consejo Regional de Planificación y sus costos estarán a cargo de los recursos del Fondo de Inversiones del Desarrollo Regional definidos en el artículo 12 de la presente Ley.
Ley 76 de 1985 →Vigente
Artículo 7
Ley 76 de 1985 · Por la cual se crea la región de planificación de la Costa Atlántica , se dictan otras disposiciones sobre planificación regional y se otorgan facultades extraordinarias al Presidente de la República.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.