Micelio

Artículo 154

Decreto 2 de 1982 · Por el cual se reglamentan parcialmente el Titulo i de la Ley 09 de 1979 y el Decreto -Ley 2811 de 1974, en cuanto a emisiones atmosféricas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando quiera que en concepto del Ministerio ele Salud o de la entidad en quien éste delegue, se haya ejecutado el plan de cumplimiento pero se compruebe que los equipos de control instalados no garantizan el cumplimiento de las normas de emisión establecidas en el presente decreto, se podrá prorrogar la autorización provisional en los siguientes casos

a)

Cuando la falla presentada corresponda al diseño del equipo de control, la autorización sanitaria provisional de funcionamiento se podrá prorrogar hasta por cuatro (4) años, plazo dentro del cual se deberá presentar y desarrollar un nuevo plan de cumplimiento.

b)

Cuando la falla presentada corresponda al montaje o a la operación de los equipos de control, la autorización sanitaria provisional de funcionamiento se podrá prorrogar por el término que duren les ajustes correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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