° Fijanse las siguientes cantidades para la constitución del depósito en referencia: Empleados con sueldos hasta de trescientos pesos {$ 300.00), diez pesos ($ 10.00) mensuales. Empleados con sueldos mayores de trescientos pesos ($ 300.00), veinte pesos ($ 20.00), mensuales.
El personal casado, solamente estará obligado a consignar el cincuenta por ciento (50%) de las cantidades determinadas en el presente artículo.