Ley 39 de 1912 · Que crea una Comisión Legislativa y reforma la 88 de 1910
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Declárase nacionales las siguientes vías: la que partiendo de Frontino pasa por Dabeiba y Pavarandocito, y termina en Turbo; y la que de Cáceres va a Montería. Destínase a ellas la cantidad de setecientos pesos mensuales, así: $ 400 para la primera y $ 300 para la última.
Lo ordenado en este artículo no obsta a los derechos que en relación con la primera de estas vías se hayan adquirido de conformidad con la Ley 19 de 1904 .
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.