Micelio

Artículo 23

Cuando Se Vendan Bienes Del Montepío, El Presidente De La Junta La Representará En El Otorgamiento Del Título De Dominio Que Deba Darse Al Comprador

Decreto 309 de 1897 · Que reglamenta la Ley 53 de 1896, sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se vendan bienes del Montepío, el Presidente de la Junta la representará en el otorgamiento del título de dominio que deba darse al comprador. TÍTULO II ASIGNACIONES

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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