Micelio

Artículo 53

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Contrainteligencia . Son funciones de la División de Contrainteligencia, las siguientes

1.

Diseñar los mecanismos de control y planes de protección del recurso humano, el sistema de comunicaciones, el manejo de documentos y las instalaciones policiales a nivel nacional.

2.

Neutralizar la acción de agentes externos interesados en penetrar o infiltrar la Policía Nacional para debilitar su seguridad.

3.

Organizar un sistema de recolección de información encaminado a conocer la acción de elementos hostiles que potencialmente pueden atentar de alguna manera, contra la Institución Policial.

4.

Elaborar análisis, estudios de seguridad y recomendaciones para mantener un nivel óptimo de seguridad institucional.

5.

Desarrollar operaciones técnicas y humanas que permitan recolectar información útil en la implementación de los niveles de seguridad policial.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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