Artículo segundo. Para sueldos del personal, alimentación y Gastos varios de la Escuela Normal Agrícola de Buga (Valle), se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así: a). Capítulo 94, artículo 1140. Sueldos en 10 meses: febrero a noviembre: Mensual Total Capellán-profesor 100.00 1.000 00 Médico-profesor 120.00 1.200.00 Enfermero-Conserje 100.00 l 000 00 Oficial de taller 150.00 l.500.00 Chofer-Tractorista 180.00 1.800.00 Sumas $ 650.00 Sueldos en 12 meses: enero a diciembre: Director $ 532.00 6.384.00 Agrónomo-Profesor 450.00 5.400.00 Agrónomo-Profesor 450.00 5.400 00 Veterinario-Profesor 450.00 5.400.00 Profesor Jefe de Disciplina 350.00 4.200.00 Director de la Escuela Anexa a la Normal 310.00 3.720.00 3 Profesores de Cultura General, Directores de Grupo, a razón de $ 300.00 mensuales cada uno 900.00 10.800.00 Profesor de la Escuela Anexa a la Normal 260.03 3.120.00 Fruticultor-Profesor 265.00 3.180.00 Experto Agrícola 215.00 2.580.00 Secretario Habilitado 300.00 3.600.00 Almacenista-Mayordomo 160.00 1.920.00 Granjero para Zootecnia 100.00 1.200.00 Ecónoma 100.00 1.200.00 Celador nocturno 100.00 1.200.00 Totales $ 4.942.00 65.301.00 b). Capítulo 94, artículo 1147. Alimentación en 10 meses: febrero a noviembre: De 90 alumnos becados internos, a $ 40.00 mensuales cada uno 3.600.00 36.000 00 De 14 empleados internos (Director, Profesor Jefe de Disciplina, 2 Agrónomos-Profesores, Veterinario-Profesor, Director de la Escuela Anexa a la Normal, 3 Profesores de Cultura General, Directores de Grupo, Profesor de la Escuela Anexa a la Normal. Fruticultor - Profesor, Experto Agrícola, Secretario-Habilitado, Almacenista-Mayordomo), a razón de $ 45.00 mensuales cada uno 630.00 6.300.00 De 5 empleados internos (Chofer-Tractorista, Oficial de Taller, Enfermero-Conserje, Ecónoma, Granjero para Zootecnia), a razón de $ 35.00 mensuales cada uno 175.00 1.750.00 De 9 empleados del servicio doméstico (2 muchachos para el aseo, 4 mujeres pera el servicio de cocina, 2 meseros, leñadosr-aguador), a razón de $ 25.00 mensuales cada uno 225.00 2.250.00 Sumas. $ 4.630.00 46.300.00 Alimentación en diciembre: De 9 empleados internos o.ie por razón de sus cargos deben permanecer en el plantel durante el período de vacaciones y 4 alumnos, así: Habilitado $ 45.00; Almacenista $ 45.00: un Profesor de turno $ 45.00; Veterinario; Granjero para Zootecnia $ 35.00; 2 mujeres para el servicio $ 50.00; Ecónoma $ 35.00; un muchacho para el aseo $ 25.00 y 4 alumnos a razón ce $ 40.00 cada uno 435.00 Suma $ 46.785.00 Gastos varios: Enero a diciembre: Para servicios dé energía, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones locativas, compra de maquinaría y herramientas, laboratorios, conservación de los mismos, .jornales, pago del servicio doméstico, imprevistos y demás gastos de esta Normal en el año 768.16 9.217.92 Totales $ 56.002.92 c). Capítulo 94, artículo 1148. Para gastos de Explotación Agrícola y Zootecnia Industrial, en el año: Para compra de maquinaria agrícola y herramientas, jornales, combustibles para equipos agrícolas, semillas, insecticidas, fungicidas y demás trastos que demanda la explotación agrícola y zootecnia en el año 10.000.00
Las partidas distribuidas en el presente Decreto, serán giradas al Secretario-Habilitado de la Escuela.