Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige Partir De La Fecha De Publicación

Decreto 1650 de 1993 · por el cual se modifica el artículo 1° del Decreto 1565 de agosto 12 de 1993.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El presente Decreto rige partir de la fecha de publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 19 de agosto de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, José Miguel Silva Pinzón .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1650 de 1993