Micelio

Artículo 2.4.1.8.5.5

Elementos De Articulación Del Componente Medidas Articuladas Para La Libertad Respecto Del Miedo

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Elementos de articulación del componente medidas articuladas para la libertad respecto del miedo. El componente articulará las acciones y medidas, en especial con:

1.

Las recomendaciones de la Instancia de Alto Nivel del SISEP.

2.

Las apreciaciones que, de acuerdo con las competencias del sector defensa y para casos concretos, sean solicitados por parte de quienes hacen parte de la Instancia Tripartita de Seguridad y Protección.

3.

Las alertas tempranas y sus informes de seguimiento emitidos en desarrollo del Sistema de Alertas Tempranas (SAT) de la Defensoría del Pueblo referidas al riesgo diferencial de la población objeto.

4.

La Comisión Intersectorial para la Respuesta Rápida a las Alertas Tempranas CIPRAT del Ministerio del Interior, en lo relativo a la población objeto.

5.

El Plan Nacional de Garantías Electorales, en lo que corresponde a la seguridad de los candidatos del nuevo partido o movimiento político que surgió del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal y de otros candidatos de la población objeto, en procesos electorales.

6.

La Mesa Técnica de Seguridad y Protección, creada por el Decreto 299 de 2017.

7.

La Comisión Nacional de Garantías de Seguridad y las subcomisiones especiali­zadas de la misma y las acciones de la política pública para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales.

8.

El Cuerpo de Seguridad y Protección para la población objeto, a cargo de la Unidad Nacional de Protección (UNP).

9.

Las acciones de despliegue de dispositivos de los antiguos Espacios Territoriales para la Capacitación y la Reincorporación (ETCR) y otros lugares donde se adelanten procesos de reincorporación colectiva, a cargo de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional.

10.

Las acciones de acompañamiento institucional a personas en reincorpo­ración en mayor riesgo desplegadas por las entidades que hacen parte del Programa de Protección Integral.

11.

Las rutas de respuesta inmediata para la población objeto del presente de­creto ante situaciones de riesgo inminente, el protocolo de evacuación y extracción de emergencia para la población objeto del Decreto 299 de 2017 y demás acciones, coordinadas entre las autoridades territoriales y las entidades que hace parte del Programa de Protección Integral y el Plan Estratégico de Seguridad y Protección.

12.

Las medidas integrales de prevención y en materia de autocuidado que se desarrollen para la población en reincorporación, integrantes del nuevo partido o movimiento político que surgió del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal y las familias de todos los anteriores, por parte de las entidades que hacen parte del Programa de Protección Integral.

13.

La Estrategia de Seguridad y Protección para las mujeres exintegrantes de las FARC-EP, coordinada por la Agencia para la Reincorporación y la Nor­malización (ARN).

14.

La Política Pública de Convivencia, Reconciliación y No Estigmatización e implementación de las medidas establecidas en el Decreto 660 de 2018 a cargo del Ministerio del Interior y, la estrategia contra la estigmatización de la población en reincorporación a cargo de la ARN.

15.

El Plan Estratégico de Seguridad y Protección para la población en proceso de reincorporación, integrantes del nuevo partido o movimiento político que surgió del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal y las familias de todos los anteriores.

16.

Todas las demás entidades estatales que tengan responsabilidades en la im­plementación de las políticas, programas, proyectos, planes, acciones y me­didas que tiendan a la protección integral de las y los integrantes del nuevo partido o movimiento político que surgió del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, sedes y actividades, así como a los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporen a la vida civil y a las familias de todos los anteriores, de acuerdo con el nivel de riesgo.

Parágrafo

Cada entidad implementará las políticas, programas, acciones y medidas correspondientes, dentro del ámbito de las funciones y competencias que les asignan la Constitución y la ley.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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