Micelio

Artículo 4

Ley 141 de 1948 · Por la cual se crea la Comisión de Vigilancia de las Obras Públicas Nacionales y la Comisión de Servicio Civil; se adoptan ciertas medidas para la reducción de los gastos públicos y se dictan otras disposiones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase la Comisión Interparlamentaria de Servicio Civil, que se elegirá en las actuales sesiones del, Congreso y que durará dos años en el ejercicio de sus funciones. Dicha Comisión estará integrada por tres Senadores y tres Representantes, elegidos por la respectiva Corporación, del seno de la Comisión Cuarta Constitucional Permanente de cada Cámara, y sesionará tanto durante el periodo de las sesiones como durante el receso, a lo menos una vez por semana.

Los Representantes elegidos en las presentes sesiones durarán en ejercicio del cargo hasta el 20 de julio de 1949.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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