Venta de productos altamente perecederos. Los productos pesqueros que la Aunap obtenga como resultado de las faenas que realice, de los titulares de permiso de pesca de investigación, de los decomisos definitivos que practique, o a cualquier otro título, por tratarse de productos altamente perecederos, podrá venderlos directamente mediante la celebración de contratos suscritos de conformidad con las normas vigentes sobre la materia.
El producto de la venta ingresará al patrimonio del Aunap en calidad de recursos propios. La parte del producto que no pudiere comercializarse, se entregará como donación a entidades públicas de beneficencia.
(Decreto número 2256 de 1991, artículo 43)