Micelio

Artículo 6

Decreto 627 de 1887 · Por el cual se reorganiza la renta de licores destilados

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 6.° En el primer caso son recaudadores de la renta los rematadores ; y en el segundo, los Recaudadores de Hacienda ; pero en este gobernador podrá crear Recaudadores especiales cuando lo estime conveniente y asignarles círculos de recaudación. La Junta Superior de Hacienda también podrá celebrar contratos para la administración de la renta, pero sujetándolos á la aprobación del Gobernador.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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