El Secretario de los Consejos de Guerra Verbales, a medida que se desarrolla la sesión del Consejo, va consignando en una acta un extracto de las declaraciones de los testigos, de las observaciones del fiscal y del defensor sobre las pruebas y de la indagatoria de los reos. El acta, sometida a la consideración de los vocales y del Presidente del Consejo, y hechas las correcciones que acuerden por mayoría de votos, se firmará por ellos, por el secretario, por el fiscal, por el defensor y por el auditor.
Decreto 1125 de 1950 →Vigente
Artículo 432
El Secretario De Los Consejos De Guerra Verbales, A Medida Que Se Desarrolla La Sesión Del Consejo, Va Consignando En Una Acta Un Extracto De Las Declaraciones De Los Testigos, De Las Observaciones Del Fiscal Y Del Defensor Sobre Las Pruebas Y De La Indagatoria De Los Reos
Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.