Ley 10 de 1926 · Por la cual se aumentan las subvenciones a los Hospitales de San Juan de Dios, San José y de la Misericordia de la ciudad de Bogotá, se auxilia la Sala de Maternidad del primero y se auxilian otros establecimientos de beneficencia y caridad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Destínase la suma de diez mil pesos ($ 10.000) anuales para auxiliar la construcción de la capilla del Hospital de San Juan de Dios hasta la conclusión de ella.
Para auxiliar la construcción de un pabellón destinado al Sanatorio de Juan de los Barrios en el mismo Hospital, la suma de mil pesos ($ 1.000) mensuales, hasta la terminación de dicho pabellón.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.