Micelio

Artículo 9

Asígnase Los Siguientes Sueldos: "del Administrador De Rentas, A $90 Mensuales $1,080 "del Secretario Contador, A $35 Mensuales 420 "de Cinco Celadores, A $20 Mensuales Cada Uno 1,200 "del Jefe Del Resguardo, Inspector, A $35 Mesuales 420 "de Dos Secretarios, A $28 Mensuales Cada Uno 672 "de Dos Agentes Recaudadores De Florencia Y San Vicente, A $60 Mensuales Cada Uno 1,440 "suma De Capítulo $5,232 "capitulo Vi "material

Decreto 870 de 1928 · sobre presupuesto de rentas y gastos de la Comisaría Especial del Caquetá, para 1928

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

"Artículo 9° Asígnase los siguientes sueldos: "Del Administrador de Rentas, a $90 mensuales $1,080 "Del Secretario Contador, a $35 mensuales 420 "De cinco Celadores, a $20 mensuales cada uno 1,200 "Del Jefe del Resguardo, Inspector, a $35 mesuales 420 "De dos Secretarios, a $28 mensuales cada uno 672 "De dos Agentes Recaudadores de Florencia y San Vicente, a $60 mensuales cada uno 1,440 "Suma de capítulo $5,232 "CAPITULO VI "Material

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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