Micelio

Artículo 2

Ley 55 de 1940 · por la cual se deplora la catástrofe acaecida en la ciudad de Sandoná, se decreta un apoyo especial y se votan unos auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxíliase con la suma de sesenta mil pesos ($ 60.000.00) a la ciudad de Sandoná y para que tenga la inversión que determina esta Ley. Para su debido cumplimiento, queda facultado el Gobierno para abrir el crédito a que haya lugar o hacer los traslados del caso dentro del Presupuesto vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 55 de 1940