Micelio

Artículo 1.2.1.5.2

2

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

2. Registro web. Los contribuyentes del Régimen Tributario Especial de que trata el artículo anterior, deberán realizar el registro web a que se refieren el

Parágrafo 2

del artículo 364-5 del Estatuto Tributario y el artículo 1.2.1.5.1.3. de este decreto, con las siguientes aclaraciones respecto de los numerales del

Parágrafo 2

del artículo 364-5 del Estatuto Tributario: Numeral 2: La descripción de la actividad meritoria”. Corresponde a la descripción del objeto social que realizan los contribuyentes del Régimen Tributario Especial de que trata el artículo 1.2.1.5.2.1. de este decreto. Numeral 3: El monto y el destino de la reinversión del beneficio o excedente neto, cuando corresponda”. Se refiere a la aplicación del excedente de conformidad con la ley y la normativa cooperativa vigente. Numeral 11: Un informe anual de resultados que prevea datos sobre sus proyectos en curso y los finalizados, los ingresos, los contratos realizados, subsidios y aportes recibidos así como las metas logradas en beneficio de la comunidad”. Se refiere al informe de gestión.

Parágrafo

Los contribuyentes del Régimen Tributario Especial de que trata el artículo anterior, no deberán diligenciar la información a que se refieren el numeral 4 del

Parágrafo 2

del artículo 364-5 del Estatuto Tributario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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