Micelio

Artículo 13

La Caja Podrá Solicitar La Cooperación Del Ministerio De Guerra Y De Los Comandos Generales, Para Que Se Den Facilidades Y Descuentos En Los Cánones Correspondientes, A Los Socios Suscriptores De Ahorro Voluntario Cuando Sean Arrendatarios De Casas Fiscales Y No Tengan Casa Propia

Decreto 1120 de 1960 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto- ley número 1018 de 1960

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja podrá solicitar la cooperación del Ministerio de Guerra y de los Comandos Generales, para que se den facilidades y descuentos en los cánones correspondientes, a los socios suscriptores de ahorro voluntario cuando sean arrendatarios de casas fiscales y no tengan casa propia. CAPITULO VI Dirección y Administración de la Caja

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1120 de 1960