De la entrevista. La entrevista tiene por objeto apreciar la personalidad leí candidato y su aptitud para el desempeño del cargo de cuya provisión se trate. Los factores que se evalúen en la entrevista serán calificados con base en un puntaje máximo de cien (100). Cuando por entrevista, se elimine a un aspirante, el jurado deberá, dejar constancia clara e inequívoca de las razones que lo llevaron a tomar esta decisión.
Decreto 1468 de 1979 →Vigente
Artículo 32
De La Entrevista
Decreto 1468 de 1979 · Por el cual se reglamenta el decreto 694 de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.