Micelio

Artículo 3

Ley 1854 de 2017 · por medio de la cual la nación se asocia a la celebración de los ciento cincuenta (150) años de la fundación del municipio de Casabianca, Tolima; se rinde homenaje a sus habitantes y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorícese al Gobierno nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 150 numerales 11 y 15, 288, 334, 339, 341, 345 y 366 de la Constitución Política, las competencias establecidas en la Ley 715 de 2001 y sus decretos reglamentarios y la Ley 819 de 2003 , incorpore dentro del Presupuesto General de la Nación y/o impulse a través del Sistema Nacional de Cofinanciación, las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar las siguientes obras de utilidad pública y de interés social, en beneficio de la comunidad del municipio de Casabianca, Tolima.

Las obras y proyectos sociales de inversión que se autorizan en la presente ley están incluidas en la Parte General de inversiones que consagra el Plan Nacional de Desarrollo o Ley 1753 de 2015 para el Departamento del Tolima, en el capítulo Iniciativas Regionales.

Proyecto:

A- “Planes de Manejo de Cuencas Hidrográficas”. La inversión que se desprende de este proyecto regional será para la Construcción de Seiscientos (600) Pozos Sépticos, con filtro anaeróbico de flujo ascendente, por un valor de dos mil cuatrocientos millones de pesos ($2.400.000.000), en las cuencas del río Azufrado (Pomca del río Lagunilla) y cuenca del río Gualí (Pomca del río Gualí).

B- “Consolidación del Paisaje Cultural Cafetero como Patrimonio Cultural de la Humanidad”, la inversión que se desprende de este proyecto regional será para la pavimentación de la vía principal entre los municipios de Palocabildo-Casabianca, kilómetro 15.6, que exactamente está comprendido entre el Corregimiento de San Jerónimo Vereda Agua de Dios a la Cabecera Municipal de Casabianca, en el departamento del Tolima, por un valor de doce mil millones de pesos ($12.000.000.000), para la pavimentación de Siete Punto Cinco (7.5) kilómetros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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