º El Gobierno o el Ministro procederán, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a designar la persona que deba ocupar el empleo que se establece en el presente Decreto. El empleado que estando al servicio del Ministerio fuere incorporado en dicho cargo, no requerirá llenar otra formalidad para posesionarse que la firma del Acta respectiva y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración si a ello hubiere lugar.
Decreto 2363 de 1972 →Vigente
Artículo 3
El Gobierno O El Ministro Procederán, De Acuerdo A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar La Persona Que Deba Ocupar El Empleo Que Se Establece En El Presente Decreto
Decreto 2363 de 1972 · Por el cual se suprime un cargo y se crea otro en el Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.