Micelio

Artículo 3

El Gobierno O El Ministro Procederán, De Acuerdo A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar La Persona Que Deba Ocupar El Empleo Que Se Establece En El Presente Decreto

Decreto 2363 de 1972 · Por el cual se suprime un cargo y se crea otro en el Ministerio de Minas y Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Gobierno o el Ministro procederán, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, a designar la persona que deba ocupar el empleo que se establece en el presente Decreto. El empleado que estando al servicio del Ministerio fuere incorporado en dicho cargo, no requerirá llenar otra formalidad para posesionarse que la firma del Acta respectiva y el pago de impuesto de timbre correspondiente a la diferencia de remuneración si a ello hubiere lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2363 de 1972