º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial requisiito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Decreto 197 de 1991 →Vigente
Artículo 3
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial Requisiito Que Se Entiende Cumplido Con La Orden Impartida Por El Director General De Crédito Público
Decreto 197 de 1991 · por el cual se concede una autorización para iniciar gestiones tendientes a la contratación de empréstito externos hasta por la suma de US$ 20.800.000 o su equivalente en otras monedas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.