Micelio

Artículo 1

A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Las Mercancías Denominadas Y Comprendidas En Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Enumeran A Continuación, Quedarán Sometidas Al Pago De Los Derechos De Importación Que Se Establecen En Seguida:

Decreto 2602 de 1951 · Por el cual se reforma el Decreto número 2218 de 10 julio de 1950 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir de la vigencia del presente Decreto las mercancías denominadas y comprendidas en las posiciones del Arancel de Aduanas que se enumeran a continuación, quedarán sometidas al pago de los derechos de importación que se establecen en seguida:

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2602 de 1951