° A partir de la vigencia del presente Decreto las mercancías denominadas y comprendidas en las posiciones del Arancel de Aduanas que se enumeran a continuación, quedarán sometidas al pago de los derechos de importación que se establecen en seguida:
Decreto 2602 de 1951 →Vigente
Artículo 1
A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto Las Mercancías Denominadas Y Comprendidas En Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que Se Enumeran A Continuación, Quedarán Sometidas Al Pago De Los Derechos De Importación Que Se Establecen En Seguida:
Decreto 2602 de 1951 · Por el cual se reforma el Decreto número 2218 de 10 julio de 1950 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.