Micelio

Artículo 2

Ley 66 de 1915 · Por la cual se asigna una participación en la renta de Salinas a varios Municipios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Concejos Municipales y las Juntas de Beneficencia de Nemocón y Sesquilé destinarán el producto de esta participación a la terminación de sus casas municipales y hospitales, respectivamente, y concluidas estas obras, a la construcción de edificios escolares y composición de caminos municipales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 66 de 1915