Micelio

Artículo 2

Para El Desempeño De Las Funciones Señaladas Por Él Artículo Anterior, La Sección De Presupuesto Y Contabilidad Del Ministerio De Hacienda Tendrá, A Partir Del 1° De Enero De 1939, Las Siguientes Dependencias, Personal Y Asignaciones: Dirección

Decreto 2360 de 1938 · Por el cual se nombra secretario de la legación de Colombia en Alemania

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

e) Todas las demás, funciones propias de los servicios que se le adscriben por el presente Decreto. Artículo 2°. Para el desempeño de las funciones señaladas por él artículo anterior, la Sección de Presupuesto y Contabilidad del Ministerio de Hacienda tendrá, a partir del 1° de enero de 1939, las siguientes dependencias, personal y asignaciones: Dirección. Un Director Jefe con $ 360.00 mensuales. Una Estenógrafa con $ 100.00 mensuales. Un Archivero con $ 80.00 mensuales. Un Conserje-cartero con $ 40.00 mensuales. Presupuesto. Un Subjefe Revisor con $ 230.00 mensuales. Un Contador 1° con $ 150.00 mensuales. Un Contador 2° con $ 120.00 mensuales. Una Mecanógrafa con $ 80.00 mensuales. Ordenación y control. Un Subjefe Revisor con $ 230.00 mensuales. Un Contador 1° con $ 180.00 mensuales. Un Contador 2° con $ 140.00 mensuales. Un Oficial de Pensiones con $ 180.00 mensuales. Un Oficial de Giro con $ 140.00 mensuales. Una Mecanógrafa con $ 80.00 mensuales. Proveeduría. Un Proveedor Almacenista con $ 180.00 mensuales. Un Ayudante con $ 100.00 mensuales. Una Mecanógrafa con $ 70.00 mensuales. Un Oficial de empaques y acarreo con $ 45.00 mensuales. Un acarreador con $ 30.00 mensuales. Pagaduría . Un Contador Pagador con $ 180.00 mensuales. Una Mecanógrafa con $ 60.00 mensuales. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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