Artículo único. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto sobre presupuesto de rentas y gastos, expedido por la Gobernación del Tolima: "DECRETO NUMERO 507 DE 1948 (JUNIO 17) sobre liquidación del cómputo de ingresos y presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1° de julio a 31 de diciembre de 1948. El Jefe Civil y Militar del Tolima. en uso de sus atribuciones legales y de las especiales que le confiere el Decreto 1646 de este año, DECRETA:
Decreto 2243 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Decreto 2243 de 1948 · por el cual se aprueba un decreto de la Gobernación del Tolima.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.