Micelio

Artículo 365

Declaración De Exportación Para Embarques Únicos Con Datos Provisionale S

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Declaración de exportación para embarques únicos con datos provisionale s . Cuando la exportación se hubiere tramitado como embarque único con datos provisionales, el declarante deberá presentar, dentro de los tres (3) meses siguientes al embarque, a través de los Servicios Informáticos Electrónicos, la declaración correspondiente con datos definitivos, y en la forma y condiciones que establezca la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). La autoridad aduanera, con fundamento en criterios técnicos de análisis de riesgo o de manera aleatoria, podrá determinar la práctica de la inspección documental. Del resultado de la inspección podrá derivarse la aceptación de la declaración o el traslado de la documentación a la dependencia competente para adelantar las investigaciones pertinentes.

Parágrafo

En casos debidamente justificados, la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) podrá prorrogar el término previsto en el inciso 1 del presente artículo, para presentar la declaración de exportación con datos definitivos. CAPÍTULO 3 Exportación temporal para perfeccionamiento pasivo

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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