Micelio

Artículo 33

Hecha Una Petición, El Presidente La Pasará Con Sus Documentos En Comisión A Un Miembro De La Junta Para Que Informe Dentro De Diez Días

Decreto 309 de 1897 · Que reglamenta la Ley 53 de 1896, sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Hecha una petición, el Presidente la pasará con sus documentos en comisión a un miembro de la Junta para que informe dentro de diez días. La comisión dará su informe escrito y razonado, que se agregará al expediente, y terminará con una proposición favorable o adversa que resuelva el negocio. La proposición favorable se formulará así: "Admítase la petición de socorro hecha por N.N. hy coadyúvese ante el Gobierno, a quien se mandará el expediente con dictamen".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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