Artículo segundo. El programa que llevarán a la práctica los Servicios Seccionales de Salud por medio de sus Secciones de atención Médica, basado en el fomento, la protección y la recuperación de la Salud Escolar, será el siguiente: A. Acciones de Salud
Consultas Médicas para la evaluación de la salud de los escolares de primer grado y de morbilidad para todos los alumnos enfermos inscritos en el programa.
Servicio Hospitalario y tratamiento de accidentes de acuerdo a disponibilidades de cada Servicio Seccional de Salud.
Servicio Odontológico Escolar de conformidad con los Programas del Ministerio de Salud Pública.
Servicio de Epidemiología para el control de enfermedades transmisibles.
Servicios de Enfermería para el cumplimiento de las acciones anteriormente enumeradas y
Servicio de Laboratorio Clínico. B. Beneficiarios: Serán los alumnos que inscritos en el Programa, estén matriculados en las instituciones oficiales de nivel primario de las ciudades de Bogotá, Medellín, Cartagena, Bucaramanga e Ibagué.