la unidad o periodo escolar de los programas regulares de capacitación y perfeccionamiento del personal docente en ejercicio se llama crédito. Los créditos, tanto de profesionalización como de perfeccionamiento, se cuantifican en horas- programa y se ordenan necesariamente en una secuencia progresiva, sin repetir los contenidos curriculares. El Ministerio de Educación definirá la hora- programa, según el programa de que se trate. CAPITULO IV. Del ejercicio de cargos, directivas en los planteles educativos oficiales.
Decreto 128 de 1977 →Vigente
Artículo 20
La Unidad O Periodo Escolar De Los Programas Regulares De Capacitación Y Perfeccionamiento Del Personal Docente En Ejercicio Se Llama Crédito
Decreto 128 de 1977 · Por el cual se dicta el estatuto del personal docente de enseñanza primaria y secundaria a cargo de la Nación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.