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Artículo 1

Hácense Las Siguientes Traslaciones En El Presupuesto De Gastos Para La Presente Vigencia Fiscal: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Contracréditos

Decreto 1766 de 1960 · Por el cual se hacen unas traslaciones dentro del presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1960. (ministerio de hacienda y crédito público)

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la presente vigencia fiscal: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Contracréditos. CAPITULO 108 Servicios de Aduanas. Gastos generales en bienes y servicios. 106. Del artículo 1113. Mercancías extraviadas (saqueos, pérdidas, robos etc.), en las Aduanas y oficinas de Encomiendas Postales, en la presente vigencia y anteriores $ 56.000.00 Suman los contracréditos $ 56.000.00 Créditos. CAPITULO 100 Ministerio. Servicios personales. 101. Al artículo 1000. Sueldos del personal del Gabinete del Ministro, Secretaría General y Juzgado Nacional de Ejecuciones Fiscales, y castos de representación del Ministro, en el año $ 26.000.00 Gastos generales en bienes y servicios. 106. Al artículo 1006. Servicios telefónico local, de alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales traslados y demás gastos de sostenimiento y reparación de las mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 5.000.00 CAPITULO 108 Servicios de Aduanas. Gastos generales en bienes y servicios. 106. Al artículo 1106. Servicios telefónico local, de alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y desinfección, materiales, traslados y demás gastos de sostenimiento, y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores 25.000.00 Suman los créditos. $ 56.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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