Micelio

Artículo 364

Si Se Ha Causado El Homicidio Por Piedad, Con El Fin De Acelerar Una Muerte Inminente O De Poner Fin A Graves Padecimientos O Lesiones Corporales, Reputarlos Incurables, Podrá, Atenuarse Excepcionalmente La Pena, Cambiarse El Presidio Por Prisión O Arresto Y Aun Aplicarse El Perdón Judicial

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Si se ha causado el homicidio por piedad, con el fin de acelerar una muerte inminente o de poner fin a graves padecimientos o lesiones corporales, reputarlos incurables, podrá, atenuarse excepcionalmente la pena, cambiarse el presidio por prisión o arresto y aun aplicarse el perdón judicial.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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