º Modifícase el artículo 1º del Decreto 2490 de 18 de octubre de 1952, en el sentido de segregar de los terrenos reservados para la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, aquellos que se determinan en el artículo 1º de este Decreto. En tal virtud quedan reservados para el Instituto de Parcelaciones, Colonización y Defensa Forestal para su colonización, especialmente por los miembros de las Fuerzas Armadas en servicio activo o en retiro, debiendo invertir en 1953 los dineros señalados para estos fines y con sujeción a lo dispuesto para esta clase de labores en los decretos orgánicos y reglamentarios que regulan su funcionamiento y atendiendo al logro de los objetivos señalados en el artículo 2º del citado Decreto 2490 de 1952.
Decreto 870 de 1953 →Vigente
Artículo 2
Modifícase El Artículo 1º Del Decreto 2490 De 18 De Octubre De 1952, En El Sentido De Segregar De Los Terrenos Reservados Para La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, Aquellos Que Se Determinan En El Artículo 1º De Este Decreto
Decreto 870 de 1953 · Por el cual se dictan medidas encaminadas a realizar la colonización militar en el valle del río magdalena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.