Artículo séptimo. Mientras se adopta la planta de personal de la corporación, el director ejecutivo podrá solicitar a las diversas entidades públicas del orden nacional, su concurso para adelantar las actividades que le corresponden. Para tal efecto, dichas entidades comisionarán a los funcionarios que se requieran.
Ley 229 de 1995 →Vigente
Artículo 7
Ley 229 de 1995 · por la cual se crea la corporación para la convivencia ciudadana en la región de Urabá, Conciudadana,
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.